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viernes, 21 de agosto de 2009

PROXIMO TALLER: 26 DE AGOSTO

TALLER: ASPECTOS PROCESALES DE LA MEDIACION PREJUDICIAL
26 de agosto de 2009
“Il Gatto” Av. Corrientes 1269
Actividad Gratuita

PARA EL TALLER DEL MES DE AGOSTO LA PROPUESTA ES:
HONORARIOS: COMPARTIR ESTRATEGIAS PARA MEJORAR SUS PLAZOS Y MONTOS

RESUMEN DEL TALLER DESAROLLADO EL 24 DE JUNIO DE 2009
Notificaciones al exterior
Experiencias compartidas por los colegas: Por Correo Internacional (puede ser Federal Express). Sistema notarial. Confronte Notarial internacional de OCA. Por medio de escribano. Por Correo Argentino “con aviso de retorno”.

Presentación de letrado de parte por el Art. 48 del CPCC: La figura del gestor del art. 48 del CPCC no existe en la ley de mediación. Aplicación del Art. 11 del decreto 91/98. Fijación de nueva audiencia.

Algunas cuestiones relacionadas con los honorarios del mediador: Supuestos de reconvención y acuerdos parciales.

La problemática del mediador: Importancia del grupo de pertenencia
Los participantes del taller y los asociados a la UMP pueden solicitar la Reseña con los contenidos desarrollados en el taller a: info@ump.org.ar

viernes, 3 de julio de 2009

Consulta al Ministerio - Gripe A (H1 N1) -Adelantamiento Feria Judicial

Adelantamiento Feria Judicial - Gripe A (H1 N1)
Consulta de la UMP a la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos
En virtud del adelantamiento de la Feria Judicial con motivo de la Emergencia Sanitaria por la Gripe A H1 N1 la UMP realizó una consulta con la Dirección Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflictos, comunicándonos con la Dra. Marcela Uthurralt y con el Dr. Víctor Guisado quienes indicaron que el criterio de la Dirección es que teniendo en cuenta que la Acordada 21/2009 ha adelantado la feria judicial, las audiencias de mediación fijadas entre los días 6 y 17 de julio no deben celebrarse. Ello en atención a lo prescripto por el Artículo 7 del Decreto 91/98 que establece que las audiencias se desarrollarán en días hábiles judiciales salvo acuerdo de partes y del mediador.
Asimismo señalaron que pueden celebrarse validamente audiencias que cuenten con el acuerdo de las partes y mediador en la medida que comparezcan o acuerden comparecer mediador, partes y letrados patrocinantes. Sin embargo, nos fue señalado que se sugiere tener muy presente que las restricciones decididas por el Estado están dirigidas a proteger la salud de la comunidad en atención a la gravedad de la pandemia de la Gripe A H1 N1.
Desde la UMP se plantearon las siguientes situaciones:
Mediaciones ya comenzadas con audiencias acordadas dentro del proceso
Mediaciones con notificaciones de primera audiencia en trámite
Nuevas mediaciones y reprogramación de audiencias
Las respuestas obtenidas de la Dirección de Mediación fueron:
1. Mediaciones ya comenzadas con audiencias acordadas dentro del proceso
Se interpreta que dichas audiencias no cuentan en principio con el “acuerdo de partes” que prescribe el art. 7 del Decreto 91/98, toda vez que al momento de fijarse se desconocía el adelantamiento de la feria judicial.
2. Mediaciones con notificaciones de primera audiencia en trámite
Se entiende que ante la incomparecencia de alguna de las partes no corresponde el cierre de la mediación sino la fijación de una nueva audiencia.
3. Nuevas mediaciones y reprogramación de audiencias
En todos los casos la recomendación de la Dirección es fijar audiencias para principios de agosto, teniendo en cuenta que dadas las características de la emergencia podría haber una ampliación de la feria hasta fin de mes.

Acordada 21/09 CSJN Adelantamiento Feria Judicial

En Buenos Aires al primer día del mes de julio del año dos mil nueva, los señores Ministros que suscriben la presente,
CONSIDERARON
Que mediante acordada No. 8/09, del 10 de marzo del corriente año, esta Corte estableció que el feriado judicial para los tribunales nacionales de la Capital Federal, se extendería desde el 20 de julio hasta el 31 de julio, ambas fechas inclusive.
Que en el mismo acto también se dispuso hacer saber a las Cámaras Federales de Apelaciones, con arreglo a lo previsto en la Acordada 53/73 –respecto de la coincidencia de la feria en ella establecida con las vacaciones escolares, un feriado de diez días hábiles –acápite 2º de la acordada 30/84-.
Que se ha tomado conocimiento de la existencia de una pandemi de gripe H1N1 con efectos en todo el territorio nacional.
Que en vista de tal situación y a fin de preservar la salud del personal del Poder Judicial de la Nación, como así también la de todas aquellas personas que concurren a los tribunales y dependencias que lo integran se efectuaron consultas al señor Jefe de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional; al señor Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, como asimismo a profesionales expertos del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación y médicos infectólogos de reconocida trayectoria científica.
Que se ha tomado conocimiento además de numerosas medidas de emergencia sanitaria adoptadas por las autoridades locales de las provincias y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que en consecuencia, y a efectos de prevenir el riesgo de contagio de la gripe H1N1 y de resguardar, en forma directa, la salud de quienes participan de la actividad forense, es conveniente –entre otras medidas- adelantar el comienzo del período de feria judicial oportunamente establecido.
Por ello,
ACORDARON:
1º. Rectificar lo dispuesto en el primer párrafo de la acordada 8/09, estableciendo que la feria judicial se extenderá desde el 6 de julio y hasta el 17 de julio, ambos inclusive.-
2º. Disponer que la modificación del feriado judicial se efectúa sin perjuicio de las facultades privativas de los magistrados judiciales para llevar a cabo los actos procesales que fueran urgente, y de las atribuciones de superintendencia delegadas por esta Corte a la Cámara Nacional de Casación Penal y alas cámaras nacionales y federales de apelaciones para implementar las guardias que fueran indispensables de acuerdo con las necesidades de los fueros o jurisdicciones que de ellas dependan.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se publicase en el Boletín Oficial, se comunicase en la página web del Tribunal y la página www.cij.csjn.gov.ar y registrase en el libro correspondiente, por ante mi, que doy fe.-

Siguen las firmas.



► Fuente: cij pjn

Temario del taller del mes de mayo

TALLER: ASPECTOS PROCESALES DE LA MEDIACION PREJUDICIAL

27 de mayo de 2009

“Il Gatto” Av. Corrientes 1269

Actividad Gratuita
Organiza: Unión de Mediadores Prejudiciales

Asistencia letrada de abogado no matriculado en la Capital Federal: Aspecto legal (necesidad de matriculación para el ejercicio de la profesión). ¿Cierre por incomparecencia o gestión de una nueva audiencia? ¿Priorizar el la normativa o la oportunidad de mediar? Límites al control de la matrícula por parte de los mediadores. Requeridos domiciliados en el interior y abogados de confianza.

Mediación Multipartes: Cantidad de actas. Unificación de patrocinio.

Incomparecencia: ¿Cómo cerrar las actas en el caso de incomparecencia a 2da o posterior audiencia? Decisión de las Partes. Co - requeridos incomparecientes.

Mediación en caso en que una de las partes tiene prohibición de acercarse. Pasos a seguir: Autorización judicial. Modo de trabajo. Necesidad de conocer las causas de la medida: Diseño del proceso.

Honorarios de mediación cuando posteriormente se inicia una segunda mediación y en ésta última se llega a un acuerdo. ¿Requirente de la primera mediación o quién asumió las costas en el acuerdo? Necesidad de decisión judicial.

20 DE MAYO REUNION DE LA UMP CON LA DRA. UTHURRALT

REUNION DE LA UMP CON LA DIRECTORA NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
El día 20 de mayo de 2009 entre las 15.00 y las 16.30 horas la Directora Nacional de Mediación y Métodos Participativos de Resolución de Conflicto, Dra. Marcela Uthurralt recibió a cuatro integrantes de la Comisión Directiva de la Unión de Mediadores Prejudiciales: Dres. Abrevaya, Bianchi, Fedrizzi y González.
También participaron colaboradores de la Dirección: Dres. Víctor Guisado y Amílcar Llamosas.
La reunión se desarrolló en un marco de cordialidad y cooperación, aunque por momentos se generaron lógicas tensiones sobre los temas en los que tenemos mayores diferencias. Durante la conversación se trataron tanto temas propuestos por la UMP como por la Sra. Directora y los funcionarios que la acompañaron, a saber:
 Tratamiento del Proyecto de nueva Ley de Mediación.
 Sistema informático para validar actas de mediación y generar estadísticas.
 Límites de la certificación de firmas.
 Requisitos de entrega de documentación al finalizar la mediación.
 Nuevo sistema de multas. Actas de cierre por incomparecencia.
 Notificaciones en las mediaciones privadas.
 Capacitación y evaluación de nuevos mediadores.
 Registro de Mediadores Familiares
Durante el transcurso del encuentro quedo de manifiesto que desde nuestros distintos lugares focalizamos en diferentes aspectos: nosotros vemos la mediación en tanto proceso para el tratamiento de conflicto y desde el Ministerio ven las cuestiones más formales, relacionado con el control e incluso el cobro de aranceles.
Lo más importante es que se abrió un camino para continuar con espacios de intercambio para tratar los diferentes temas.
Tratamiento del Proyecto de nueva Ley de Mediación.
Respecto del tratamiento del Proyecto de Ley se sostuvo que por ahora se encuentra demorado por el proceso eleccionario.
Sin embargo se mostraron optimistas sobre sus avances ya que están trabajando sobre la reglamentación en especial preocupados esencialmente por la creación de un sistema informático y de “Nuevos Registros” (Instituciones formadoras, Mediadores Familiares, Profesionales Asistentes, Centros de Mediación).
Sistema Informático
Señalaron estar trabajando en la creación de un sistema informático para la “certificación de actas y contar con estadísticas”
La Directora manifestó reiteradas veces que su intención es mejorar la comunicación con los mediadores y la calidad del sistema.
Propone que todos los mediadores cumplan y se encuentren en igualdad respecto del cobro de aranceles en las mediaciones privadas y con los informes estadísticos.
Respecto a este último aspecto sostiene que necesitan conocer el universo de la mediación (se refieren a la privada) para poder fijar políticas públicas mas acertadas.
También están tratando de conseguir que el Poder Judicial aporte información cuando los honorarios están para cobrar de modo que el Ministerio pueda informárselo a los mediadores.
Límites de la certificación de firmas
Respecto a la certificación de firmas explicaron que se refieren solamente a los casos en que las actas deban ser presentadas en sede judicial y que dicha tarea estará a cargo de los abogados de parte.
Se plantearon las correspondientes discrepancias desde la UMP, no obstante, advirtiendo que se trataba de una decisión irrenunciable, se propuso que la mesa de certificación se ubique cerca de las Mesas de Entrada de las Cámaras de Apelaciones.
Requisitos de entrega de documentación al finalizar la mediación
Frente a una pregunta concreta respecto de la entrega de la documentación al final de cada mediación quedó en evidencia una diferencia entre la Directora y sus colaboradores. La Dra. Uthurralt, manifestó claramente que no quieren “juntar papeles”. Por lo que propone que sólo debe entregarse la documentación en caso de incomparecencia a la primera audiencia. (Véase el próximo ítem)
Nuevo sistema de multas. Actas de cierre por incomparecencia
La cuestión anterior se relaciona con esta ya que con el nuevo proyecto se amplían las multas a las mediaciones privadas.
En este momento emergió como tema la importancia de no cerrar las mediaciones por incomparecencia a una segunda o posterior audiencia.
Notificaciones en las mediaciones privadas
En cuanto a las notificaciones de las mediaciones privadas (doble notificación y firma del requirente) la UMP planteo claramente las dificultades del sistema desde la práctica cotidiana, así como su postura sobre la desuetudo y la calidad de fedatario del mediador. Desde la Dirección manifestaron que les preocupa el tema, sin embargo dicen no encontrar una solución lo suficientemente creativa para resolverlo. La UMP le hizo entrega de su propuesta por escrito, la que prometieron considerar y hacer una devolución. En ese punto, se identificó la conveniencia y la apertura de trabajar juntos en la búsqueda de soluciones para este y otros temas.
Capacitación y evaluación de nuevos mediadores
Posteriormente surgió el tema de la evaluación de los nuevos mediadores. En ese punto mostraron cierta preocupación por el alto número de fracasos en los exámenes. Plantearon la necesidad de un mayor rigor en las entidades formadoras para otorgar los certificados y proponen capacitación innovadora y pasantías en el Ministerio.
Registro de Mediadores Familiares
Finalmente se trató el tema del registro de Mediadores Familiares punto en el que sostuvieron la importancia de una capacitación actualizada a las nuevas realidades y dejaron entrever la necesidad de atravesar una evaluación para acceder a este registro.
Algunas conclusiones:
Los miembros de la UMP participantes entendemos que el espacio fue muy útil especialmente para intercambiar perspectivas y advertimos que la mayor dificultad – como todas las situaciones en las que operamos habitualmente – son las distintas perspectivas desde las que los participantes “observan”. En este caso, la mediación es “observada” y vivida desde distintos roles y prácticas. Para los mediadores operadores del campo práctico, la mediación es percibida desde el desarrollo de procesos particulares de tratamiento de conflictos (por ende, interesados en: agilidad, flexibilidad, simplicidad, fluidez del sistema, etc.). Para la Dirección, la mediación, es percibida desde el desarrollo de la gestión pública del instituto (por ende, interesados en: estadísticas, supervisión, financiamiento, cumplimiento de la normativa, etc.)
Creemos que seguramente tenemos muchos intereses comunes, algunos diferentes y muy pocos opuestos.
En consecuencia, entendemos que lo más importante es que se abrió un camino para continuar con espacios de intercambio en los que analizar los diferentes temas y tratar de generar la mayor cantidad de soluciones que satisfagan los intereses tanto del Estado como de los Mediadores/as.

Temario del taller de abril

TALLER: ASPECTOS PROCESALES DE LA MEDIACION PREJUDICIAL

29 de abril de 2009

“Il Gatto” Av. Corrientes 1269

Actividad Gratuita

Organiza: Unión de Mediadores Prejudiciales

La doble notificación.- Firma de la Carta Documento ¿Cómo conciliar la exigencias normativas del Decreto 91/98 referentes a la doble notificación y la firma del requirente con las prácticas habituales que se desarrollan habitualmente?

Cuestiones vinculadas al servicio de los Correos Privados ¿Qué condiciones deben exigirse a los Servicios de Correos para garantizar el carácter fehaciente de la notificación?



Recordamos nuestro primer paso...

En el mes de septiembre de 2006 un pequeño grupo de mediadores decidieron redactar una nota a la Dirección de Métodos Participativos de Justicia solicitando se actualizaran los honorarios vigentes desde 1998...
Fue firmada por 119 mediadores ...


Rememoramos nuestra jornada fundacional...

ENCUENTRO 1º DE MARZO DE 2007.

Estuvimos el jueves 1° de marzo de 2007, a pesar del temporal, 200 mediadores prejudiciales, y salio espectacular!!

Nos contagio el entusiasmo, y nos convocamos a un proximo encuentro a discutir la Ley.

Mientras habrá reuniones los miércoles en Il Gatto. En diario judicial nos dedicaron una pagina con un relato sobre lo acontecido . Ver: http://www.diariojudicial.com/nota.asp?IDNoticia=31957


NOS JUNTAMOS EL 1º DE MARZO DE 2007

A LAS 17 Horas en el Centro Cultural Gral San Martin . Sarmiento y Paraná . Ciudad de Buenos Aires.

NOS ENCONTRAREMOS PARA CONSTRUIR LA UNION DE TODOS LOS MEDIADORES PREJUDICIALES:

PARA OBTENER:

UNA LEY QUE DIGNIFIQUE NUESTRA TAREA

UN HONORARIO QUE REFLEJE EL ESFUERZO

EL RESPETO DE TODOS LOS USUARIOS DE LA MEDIACION.